Noción
Etimológicamente, el término posesión deriva de la locución latina
possessio, que a su vez proviene de possidere, palabra compuesta de
sedere y el prefijo pos y que equivale a poder sentarse o fijarse.
Concepto
La propiedad entraña un poder jurídico sobre las cosas. La posesión
un poder meramente material. Posesión es el poder físico que se ejerce
sobre una cosa, con intención de manejarse como verdadero propietario de
ella.
La posesión consiste, en el hecho de tener bajo nuestro poder una
cosa, con la intención de conducirse con ella, como verdadero
propietario.
Diversas Figuras de la Posesión
Posesión y Tenencia
Tenencia: Se
hace necesario distinguir la tenencia de la posesión. Cuando se reúnen
el corpus y el ánimus genérico solamente, esto es, que puede tenerse
materialmente la cosa sin ánimo de dueña, se denomina tenencia. La
tenencia es una mera detentación. Se le ha llamado también posesión
natural, como ocurre en el caso del arrendatario y depositario, quienes
son poseedores precaristas. El que ejerce la detentación, no posee para
sí ni en su propio nombre: sino a nombre de otro, no estando protegidos
por los interdictos posesorios. Para SAVIGNY, la posesión natural se
identifica con la posesión ad interdicta.
Posesión: Cuando
se reúnen en el sujeto los tres elementos, el corpus, el ánimus
genérico y el ánimus domini, nos encontramos ante la posesión jurídica,
la cual se identifica con la posesión ad usucapionem, esto es, la
posesión jurídico-civil. Tales poseedores defienden la posesión mediante
los interdictos, o sea que son los verdaderos poseedores, poseen para
sí y en su propio nombre.
LA POSESIÓN
ELEMENTOS
DEL ANIMO DE LA POSESIÓN
ANIMUS:
Animo de sentirme dueño
CORPUS:
Tener el bien
Soy
poseedor desde el momento en que me creo dueño.
Tenencia
de un bien con animo de señor y dueño.
10 años
ordinaria
20 años
extraordinaria
En
Colombia
Bienes
muebles: 3 años
Bienes
inmuebles: 5 años 10 años si es extraordinario
Bienes de
interés social: 3 años
Proceso
reivindicatorio: Sacar a una persona (invasora) del inmueble.
SUMA DE POSESIONES
La suma
de las posesiones, significa que un poseedor puede ceder sus derechos y el
tiempo que tenía de posesión se le suma al tiempo del nuevo poseedor.
Documentos
privados
Declaraciones
extrajuicio
¿Cómo
demostrar actos de señorío?
1.
Con el pago de impuestos.
2.
Construcción de mejoras
3.
Instalación de servicios públicos
POSESIÓN REGULAR
Cuando se
tenía justo titulo y buena fe.
POSESIÓN IRREGULAR
Cuando NO
existe justo titulo y buena fe. Cuando es de manera violenta o clandestina.
USUCAPIUM
Para
tener el derecho real por usucapium debo iniciar un proceso de pertenencia
judicial = dueño
DERECHO REAL DE DOMINIO
Es el
máximo derecho que se tiene sobre los bienes. En Roma se legalizaba un acto
jurídico acudiendo ante el pretor o Magistrado para dejar constancia del
negocio jurídico.
Máximo
dominio que se tiene sobre los bienes.
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